Presentación de equivalencias según Resolución N° 4196/24
De las equivalencias:
Equivalencia automática
Se otorgará equivalencia automática cuando se trate de unidades curriculares con la
misma denominación y contenidos en los planes de estudio de las carreras vigentes en
la jurisdicción.
Pautas para solicitud y acreditación de unidades curriculares por equivalencia
automática
● Solicitar mediante nota firmada, en la secretaría del instituto, antes del 30
de abril de cada año, el reconocimiento de equivalencias de unidades
curriculares acreditadas en la misma o en otra institución del nivel
superior de la jurisdicción
● Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados
● Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia,
hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
Equivalencia total o parcial
Se podrán acreditar unidades curriculares mediante equivalencia. La equivalencia de UC
podrá ser completa o parcial. En ambos casos, se ponderan los saberes acreditados en
carreras del nivel superior reconocidas.
Pautas para solicitud y acreditación de unidades curriculares por
equivalencias
Para solicitar la acreditación por equivalencia, la/el estudiante deberá:
● Solicitar mediante nota firmada, en la secretaría del instituto, antes del 30
de abril de cada año, el reconocimiento de equivalencias de unidades
curriculares acreditadas en la misma institución o en otra institución
educativa de Nivel Superior reconocida oficialmente.
● Acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados y
los programas que correspondan, en los que conste carga horaria,
contenidos y bibliografía, de las unidades curriculares en las que solicita
equivalencia.
● La documentación deberá estar foliada, con firma y sello de las
autoridades de la institución emisora.
● Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia,
hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado.
● Cumplir con los requerimientos académicos que se establezcan en el caso
de una equivalencia parcial.
Se podrán acreditar Unidades Curriculares mediante el régimen de equivalencia. Las equivalencias podrán comprender la Unidad Curricular completa o una parte de la misma (equivalencia parcial). En este caso, de ser necesario, se implementará un trayecto de actualización de saberes.
Se trata de saberes acreditados en la misma institución (en planes anteriores al vigente o de otras carreras) o en otras instituciones del mismo nivel.
Para solicitar equivalencias
El Alumno que solicita equivalencias deberá presentar:
- Un único ejemplar del Formulario A14 (Solicitud de equivalencia, resumen)
- Un Formulario A14a por cada equivalencia solicitada (Solicitud de equivalencia, por asignatura). Cada formulario debe ir acompañado del programa de la materia de la institución en la que se acreditó el espacio. Dicho programa deberá estar debidamente certificado, es decir, estar firmados y sellados por la institución donde se cursó y acreditó.
- Si sos estudiante o egresada/o de alguna carrera del ISFD N° 16, para pedir la equivalencia no necesitás presentar el programa de la materia.
- Certificado analítico donde conste fecha de acreditación, calificación, firma y sello de la institución.
Responsable: Preceptor de la carrera.
Recepción: Los formularios de equivalencia conjuntamente con los programas, serán recepcionados de forma presencial, cada asignatura debe ser presentada de forma individual y la documentación entregada en Folio Tamaño Oficio.
El resultado podrá ser alguna de estas alternativas:
- Se otorga la equivalencia total de la perspectiva y/o asignatura.
- Se otorga equivalencia parcial de la perspectiva.
- Equivalencia denegada.